Blog de Arinda

OBJETIVO :En este Blog vas a encontrar mis producciones en pintura y escultura. Además, material recopilado a través de mi trabajo como maestra, directora e inspectora, que puede ser de interés para docentes y estudiantes magisteriales .

martes, 23 de agosto de 2016

23 de agosto: Día Internacional del Recuerdo de la Trata de Esclavos y de su Abolición

ORIGEN DE LA CONMEMORACIÓN

 Tomado de :http://www.unesco.org/

En la noche del 22 al 23 de agosto de 1791, se produjo en Santo Domingo (actualmente Haití y la República Dominicana) el comienzo de una sublevación que sería de decisiva importancia para la abolición del comercio transatlántico de esclavos.
La finalidad que persigue el Día Internacional del Recuerdo de la Trata de Esclavos y de su Abolición es inscribir la tragedia del comercio de esclavos en la memoria de todos los pueblos. De conformidad con los objetivos del proyecto intercultural "La Ruta del Esclavo", ha de representar la ocasión para efectuar un examen colectivo de las causas históricas, los métodos y las consecuencias de esa tragedia, y para analizar las interacciones a que dio lugar entre África, Europa, las Américas y el Caribe.

El Director General de la UNESCO invita a los Ministros de Cultura de todos los Estados Miembros a organizar todos los años en esta fecha actos en los que participe toda la población del país y, en particular, los jóvenes, los educadores, los artistas y los intelectuales.
Las primeras conmemoraciones del Día Internacional del Recuerdo de la Trata de Esclavos y de su Abolición tuvieron lugar en varios países, en particular el 23 de agosto de 1998 en Haití y el 23 de agosto de 1999 en Gorée, Senegal. También se organizaron actos culturales y debates sobre la trata negrera. En 2001, el Museo del Tejido de Mulhouse (Francia) se asoció a la conmemoración y organizó un taller presentando tejidos llamados "Indianas de Trata" utilizados como moneda de cambio para la compra de esclavos en los siglos XVII y XVIII.
Con la circular CL/3494 del 29 de julio de 1998 dirigida por el Director General de la UNESCO a los Ministros de cultura, se invita a todos los Estados Miembros a organizar actos el 23 de agosto de cada año.
En su 29ª reunión, el Consejo Ejecutivo de la UNESCO adoptó la Resolución 29C/40.


Fechas que jalonan el proceso de abolición




 La Asamblea General Constituyente del Año 1813. Paul Emile Boutigny, Asamblea del año XIII, siglo XIX. Óleo sobre tela, 160 x 225 cm. Colección del Banco de la Pronvincia de Buenos Aires.


1813.
La Asamblea del Año XIII, también conocida como la Asamblea General Constituyente y Soberana del Año 1813, fue un congreso de diputados de las Provincias Unidas del Río de la Plata convocado por el Segundo Triunvirato, que sesionó en Buenos Aires desde el 31 de enero de 1813 hasta el 26 de enero de 1815.
El Gobierno  de  las  Provincias  Unidas  del  Río  de  la  Plata,  dispone  que  nadie  nacerá  esclavo  (Libertad de  vientres). 





1825.
La Sala de Representantes de Florida, declara que serán libres sin excepción de origen todos los que nacieren en la provincia, quedando prohibido el tráfico de esclavos de país extranjero.



1830.
En la Constitución de la República  del 18 de julio, queda establecido:
Art.131:   En   el   territorio   del   estado   nadie   nacerá   ya  esclavo;  queda  prohibido  para  siempre  su  tráfico  e introducción en la República.
Art. 132: Queda para la futura legislatura reglamentar la aplicación de la prohibición del tráfico de esclavos.



1837.
Se aprobó una ley sobre la prohibición del tráfico de esclavos, por la cual se establecía que los hombres «de color»  que  entraran  al  territorio  oriental  como  esclavos,  colonos  o  cualquier  otra  denominación  pasaban  a  ser libres. Sin embargo, serían puestos bajo tutela (protección): los menores hasta cumplir 25 años y los mayores de esa edad al momento de ser introducidos, hasta completar tres años de servicio en el ejército.

Las clases dominantes idearon nuevas formas de introducir hombres y mujeres africanos  porque los dueños de esclavos no querían perder uno de sus bienes más importantes (ya que eran quienes realizaban gran parte de los trabajos). 
Además,  la  burguesía  montevideana  obtenía  grandes  ganancias  económicas  debido  a  la  venta  y  tráfico  de esclavos a pesar de las leyes.
Se continuó la introducción de esclavos:
- bajo la forma de “colonos” africanos;
- de manera ilegal para el “servicio” traídos por sus amos, desde Buenos Aires o Brasil;
-de manera ilegal a través de la frontera con el Brasil.

Los esclavos que entraban bajo la forma de “colonos” africanos     eran     empleados     como/en:     vendedores     ambulantes,     lavanderas,     planchadoras,     costureras,    
empleadas domésticas, saladeros, panaderías, fábricas de sebo, velerías, sastrería, zapatería, carpintería, albañilería, herrería, hospital de la caridad.
En  saladeros  como:  tropero,  carneador,  chirimango  o  deshuesador y salador, entre otros.

Por medio de la introducción de “colonos” africanos más de mil niños, niñas y jóvenes arribaron como esclavos a nuestro país.
En cuanto a la introducción ilegal de esclavos desde Brasil, la mayoría de ellos estaban destinados a trabajar en las estancias de brasileños situadas en territorio uruguayo, mediante un “contrato de peonaje”. Por este contrato, se lo obligaba a trabajar durante largos períodos en el territorio oriental, a modo de trabajador forzado.
Esta  situación  contribuyó  a  mantener  un  índice  de población africana y afrodescendiente muy alto (30%), tanto en Montevideo como en la zona noreste de nuestro territorio, hasta mediados del siglo XIX.


1842
En diciembre el  gobierno  de  la  Defensa  (Fructuoso Rivera), sanciona la ley de abolición de la esclavitud. Los esclavos emancipados fueron examinados con el fin de determinar si eran aptos para integrar el ejército, de lo contrario debían retornar con sus antiguos amos, ahora en calidad de “pupilos”.





1846
En octubre el  gobierno  del  Cerrito  (Manuel  Oribe),  declara  abolida  la  esclavitud.  Días  después  de  promulgada la ley de abolición se realizaron listados para conocer la cantidad de ex-esclavos aptos para el ejército.
La  situación  de  mujeres,  niños  y  los  que  no  eran aptos  para  el  ejército  fue  diversa.  Las  que  estaban  bajo  el gobierno de la Defensa, quedaron bajo la “custodia” de sus antiguos amos. Algunas madres, hermanas y esposas de los soldados, fueron emancipadas ante los reclamos de éstos.
Mientras   que,   las   que   estaban   bajo   el   gobierno   del  Cerrito,  la  custodia  sólo  afectó  a  los  menores  de edad.  Todas  aquellas  que  quedaron  bajo  tutela  de  sus  patrones,  continuaron  sirviéndolos,  e  incluso,  sucedía  que les retenían el dinero que éstas obtenían mediante la realización de trabajos para otros.
Así,  de  hecho,  se  mantuvo  la  esclavitud  bajo  otros    nombres: “pupilaje”,   “custodia ” o “colonato”.


CAUSAS QUE ENLENTECIERON  EL PROCESO DE ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD EN EL URUGUAY
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La opinión de los afrodescendientes con respecto a su patrón, a las autoridades políticas, militares y a los abogados. 
Los  vínculos  con  los  militares  de  la  tropa  (esposo,  hermano, padre).
Las ideas humanitaristas sobre la abolición de la esclavitud de las que fueron partidarios algunos políticos, militares y juristas.

Hacia 1851 finaliza la Guerra Grande

En 1853 se eliminó el patronato sobre los hijos de los esclavos emancipados por las leyes de abolición, quedando los “menores de color” bajo las condiciones generales de la minoridad.
Pero la ley no se aplicaba si no existían reclamos.

En 1862 se prohíbe la realización de nuevos “contratos de peonaje” entre amos y esclavos brasileños, para trabajar en el territorio oriental. Los contratos firmados antes de esa fecha continuaban vigentes.

En diciembre  de 1862 el Gobierno  de  la  Defensa  declara  abolida la esclavitud.
Luego de la abolición de la esclavitud, los hombres y mujeres  africanos  o  afrodescendientes  debieron  abrirse  nuevos caminos. Debieron integrarse como personas libres en la sociedad y formar parte de las nuevas relaciones de trabajo ahora con nuevas reglas; aunque los protagonistas eran los mismos.
Sin  herencia,  ni  educación,  discriminados  por  la sociedad,  y  en  muy  pocos  casos,  con  alguna  propiedad  u oficio, no tenían más oportunidad que trabajar para sobrevivir. Pasaron a realizar las mismas tareas que antes, pero ahora contratados, por salarios mínimos.
 

Nuevas formas de esclavitud

 Tomado de :http://www.unesco.org/
El tráfico de seres humanos se define generalmente como "la contratación, el transporte, la transferencia, el alojamiento o la recepción de personas, en la amenaza de recurso o el recurso a la fuerza o a otras formas de coacción, por rapto, fraude, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o por la oferta o la aceptación de pagos o ventajas para obtener el consentimiento de una persona que tiene autoridad sobre otra a efectos de explotación." "(Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la convención de las naciones unidas contra la delincuencia organizada transnacional).
Si este comercio no requiere barcos de esclavos, ni cadenas y bolas, el fondo del problema permanece: se trata de la violación de los derechos humanos y de la dignidad humana tal como enunciados en la Declaración Universal de los Derechos humanos de 1948. Según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) este fenómeno afecta millones de personas, en su mayoría mujeres y niños, en todos los países. 

El enfoque de la UNESCO para combatir el tráfico de seres humanos
 
En el marco del "Proyecto para combatir la trata de las personas en África", la UNESCO lleva a cabo investigaciones sobre los factores específicos que conducen a la trata de mújeres y niños en África, y organiza talleres de formación destinados a los responsables políticos, a las organizaciones no gubernamentales, a los líderes comunitarios y a los medios de comunicación, con el fin de sensibilizar e inspirar políticas para combatir esta forma moderna de esclavitud.
Para mayor información:
Hoy, varias convenciones internacionales han declarado la esclavitud y el tráfico de seres humanos un "crimen contra la Humanidad" castigado por el derecho penal internacional.

FUENTES
:http://www.unesco.org/
 Esclavitud y afrodescendientes en Uruguay - Una mirada desde la antropología

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