Blog de Arinda

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martes, 10 de septiembre de 2024

10 DE SETIEMBRE DE 1815 -REGLAMENTO PROVISORIO DE LA PROVINCIA ORIENTAL ARTIGUISTA PARA EL FOMENTO DE LA CAMPAÑA Y SEGURIDAD DE SUS HACENDADOS

  

Artigas en la Meseta del Hervideo

REGLAMENTO PROVISORIO DE LA PROVINCIA ORIENTAL PARA EL FOMENTO DE LA CAMPAÑA Y SEGURIDAD DE SUS HACENDADOS, de Artigas

El 10 de setiembre de 1815 Artigas da a conocer el “Reglamento Provisorio de la Provincia Oriental para el Fomento de la Campaña y Seguridad de sus hacendados”, también llamado "Reglamento de tierras".

 Meseta de Artigas



UBICÁNDONOS EN LA HISTORIA

1811

El 15 de febrero de 1811 Artigas deserta del Regimiento de Blandengues.

Es nombrado por la Junta Revolucionaria de Buenos Aires, Teniente Coronel y 2do. Comandante de las fuerzas encargadas de la campaña en la Banda Oriental.

El 28 de febrero se produce el Grito de Asencio.

En Abril retorna a suelo oriental.

El 11 de abril Artigas toma Mercedes y emite la primera proclama revolucionaria.

El 18 de mayo se libró la Batalla de Las Piedras.

El 20 de mayo se inicia el Primer Sitio a Montevideo.

El 10 de octubre se realiza la Asamblea en la Quinta de la Paraguaya. Artigas es nombrado “Jefe de los Orientales”.

 El 20 de octubre se levanta el sitio a Montevideo.

El 23 de octubre comienza el Éxodo del Pueblo Oriental.

El 10 de diciembre  Artigas cruza el río Uruguay y se establece al pueblo y al ejército oriental en las márgenes del Ayuí, proceso que se completa en enero de 1812.



1812-

El 10 de junio de 1812 Artigas instala su campamento en el Ayuí.

El 1º de octubre se inicia el segundo sitio a Montevideo.

El 25 de diciembre Artigas pone condiciones para incorporarse a la línea sitiadora.

El 31 de diciembre tuvo lugar la Batalla del Cerrito.



1813-

El 31 de enero de 1813 se Instala la Asamblea General Constituyente.

El 2 de febrero el bando de Sarratea declara traidor de la Patria a Artigas. Plan de Sarratea para asesinarlo.

Del 5 al 8 de abril se realiza el Congreso de Tres Cruces.

El 8 de abril todas las tropas sitiadoras (orientales y bonaerenses) juran a la Asamblea General Constituyente.

El 13 de abril las Instrucciones del Año XIII fue redactado por José Artigas y su círculo íntimo, siendo Miguel Barreiro, sobrino segundo de Artigas y su colaborador más cercano en ese momento, el principal responsable de la redacción Instrucciones del año XIII.

El 21 de abril se redacta el Acta de Constitución del Gobierno Económico de la Provincia Oriental. Artigas es nombrado Gobernador Militar y Presidente del Cuerpo Municipal.

El 18 de julio llegan los charrúas al sitio.

Del 8 al 10 de diciembre se desarrolla el Congreso de Capilla Maciel.

El 10 de diciembre José Artigas presentó una protesta de nulidad ante el Congreso de Capilla Maciel, en respuesta al rechazo de los diplomas de los diputados orientales que habían sido enviados a la Asamblea Nacional General Constituyente en Buenos Aires.

Artigas declaraba que el rechazo era injusto y que se violaban los derechos de la Provincia Oriental. En su protesta, Artigas reafirmó la legitimidad de la elección de sus representantes y la validez de las instrucciones que llevaban, que reflejaban las aspiraciones de autonomía y federalismo de la región.

La Asamblea en Buenos Aires, que se había declarado soberana, utilizó la nulidad de la elección como pretexto para desestimar a los representantes orientales, aunque el verdadero motivo era el contenido de las instrucciones, que desafiaban el centralismo porteño.

1814-

 

En febrero Artigas pasa a la Banda Occidental del Uruguay. Tuvo lugar el levantamiento de Entre Ríos,Corrientes y Santa Fe. Establece campamento en Arerunguá. Se produjo el segundo éxodo.

El 11 de febrero Artigas es declarado traidor por el director porteño Posadas. Recompensan con 6.000 pesos a quien lo entregue vivo o muerto.

El 22 de febrero se produjo la Batalla de Espinillo. Entre Ríos se coloca bajo la protección del Jefe de los Orientales.

El 10 de marzo tuvo lugar la revolución federal en Corrientes, que también reconoce a Artigas como su protector.

El 23 de junio, las fuerzas porteñas lideradas por el general Carlos María de Alvear ocuparon la ciudad de Montevideo. Este evento marcó el final del Segundo Sitio de Montevideo, que había comenzado en octubre de 1812, y resultó en la rendición del último gobernador español, Gaspar de Vigodet.

El 6 de octubre, es derrotado Otorgués en Marmarajá. Un informe portugués señala que Artigas cuenta con 3.000 soldados y 900 indígenas al mando de cinco caciques.

El 28 de noviembre. Artigas le envía 200 hombres, indios y un cañón a Rivera, quien se encuentra en el Queguay. Mercedes es saqueada por los Blandengues que se le insurreccionan a Rivera.



1815

El 10 de enero, en las inmediaciones del arroyo Guayabos, las fuerzas artiguistas vencen a las tropas de Dorrego.

El 16 de febrero las fuerzas artiguistas entran en Montevideo.

El 24 de marzo se produce la revolución federal en Santa Fe, que se suma a la coalición encabezada por Artigas.

El 26 de marzo Otorgués enarbola la bandera artiguista en Montevideo.

En mayo José Artigas renunció como autoridad frente al Cabildo de Montevideo debido a que consideraba que sus órdenes no eran respetadas. Este hecho ocurrió en un contexto de creciente tensión entre Artigas y las autoridades de Buenos Aires, así como con los sectores que se oponían a su liderazgo en la Banda Oriental.

El 26 de junio regresa de Buenos Aires la comisión encabezada por Larrañaga con el siguiente acuerdo: El Cabildo pasaría a ser Cabildo Gobernador y se reconocería la autoridad de Artigas como “Magistrado”, “Jefe”, “Padre” y “Juez”.



El 21 de agosto Artigas marcha a Purificación desde Paysandú, donde tendrá su Cuartel general.

El Campamento de Purificación, también conocido como Purificación del Hervidero, fue un importante asentamiento fundado por José Gervasio Artigas en 1815, que sirvió como su cuartel general y la capital del movimiento artiguista, conocido como la Liga de los Pueblos Libres.

Este campamento estaba ubicado cerca de la desembocadura del arroyo Hervidero y el río Dayman, en la actual Uruguay, a unos 100 kilómetros al norte de Paysandú.

Artigas estableció el campamento en un momento crítico de la lucha por la independencia en la región, donde buscaba organizar y consolidar fuerzas en contra de las autoridades coloniales y promover la autonomía de los pueblos orientales.

 Purificación se convirtió en un centro de operaciones militares y políticas, donde Artigas reunió a sus seguidores, que en su mayoría eran gauchos, indígenas y otros grupos marginados.

El campamento estaba compuesto por una serie de toldos de cuero y ranchos de barro, formando lo que se conocía como la Villa de Purificación.

En su apogeo, se estima que la población del campamento alcanzó hasta 2,000 habitantes, quienes vivían en un entorno que incluía no solo viviendas, sino también actividades económicas como la producción de cueros y maderas, que eran comercializadas en Montevideo.

Purificación no solo fue un lugar de refugio y organización militar, sino que también simbolizaba las aspiraciones de Artigas por una sociedad más justa y equitativa.

A través de su reglamento de tierras, buscó fomentar la agricultura, proporcionar tierras a los más necesitados y establecer un orden social que favoreciera a los desposeídos. Este enfoque en la justicia social y el desarrollo rural fue un componente central del artiguismo.

 


Reglamento Provisorio de la Provincia Oriental para el Fomento de la Campaña y Seguridad de sus hacendados

Con el objetivo de mejorar el estado ruinoso de la campaña el 10 de setiembre de 1815 Artigas, en Purificación, dio a conocer, su célebre “Reglamento Provisorio de la Provincia Oriental para el Fomento de la Campaña y Seguridad de sus hacendados”, aplicado entre noviembre de 1815 y setiembre de 1816, hasta la invasión portuguesa.

En la última mitad del siglo XVIII, la situación general de la campaña oriental planteaba una serie de problemas que se concretaban en la discutida cuestión del “arreglo de los campos”.

 Al producirse la Revolución la situación de la campaña se agravó; sobrevino una crisis de la producción que afectó la organización económica, social y jurídica.

Durante el gobierno artiguista en la Provincia Oriental, los estancieros, directamente afectados por la situación existente, solicitaron al Cabildo Gobernador una ayuda inmediata.

 A esos efectos se celebró en Montevideo una reunión de gobernantes y hacendados donde se analizó el problema del arreglo de los campos y se aprobaron algunas iniciativas para presentar a la consideración de Artigas, el 11 de agosto de 1815.

En conocimiento de estas disposiciones, Artigas suscribió y dio a conocer el “Reglamento Provisorio de la Provincia Oriental para el Fomento de la Campaña y Seguridad de sus hacendados” el 10 de setiembre de 1815.

Los propósitos del reglamento eran esencialmente económicos y, además, sociales y jurídicos.

Los objetivos económicos procuraron recuperar el “stock” ganadero en merma y aumentar la producción; para ello se debía subdividir la tierra, poblar la campaña y fijar la población rural.

Los fines sociales tendían a favorecer a los desposeídos y proteger la familia.

Los fines jurídicos buscaban imponer el orden en la campaña exigiendo el trabajo, persiguiendo la vagancia y el delito.

 

Contenido del Reglamento de 1815

 

El análisis del Reglamento permite distinguir dos grupos principales de disposiciones:

a)    las que establecen una distribución de tierras y el fomento de la producción y

b)    las dedicadas al restablecimiento del orden interno.

 

Las disposiciones sobre la distribución de tierras establecían, para seleccionar las tierras a repartir un criterio preferentemente político. Debían elegirse entre tierras realengas y las pertenecientes a los enemigos de la Revolución, “emigrados, malos europeos y peores americanos que hasta la fecha no se hallen indultados por el Jefe de la Provincia para poseer sus antiguas propiedades”.

La elección de los beneficiarios se haría teniendo en cuenta su posesión económica, organización familiar y condiciones de trabajo. “Los más infelices serán los más privilegiados.

En consecuencia, los negros libres, los zambos de igual clase, los indios y los criollos pobres, todos podrán ser agraciados con suertes de estancia si con su trabajo y hombría de bien propenden a su felicidad y a la de la Provincia.

Serán igualmente agraciadas las viudas pobres si tuvieren hijos y serán igualmente preferidos los casados a los americanos solteros y estos a cualquier extranjero”.

Estos beneficiarios recibirían tres clases de bienes: la tierra, ganado para poblarla y una marca para probar el derecho de propiedad.

El Reglamento establecía que la tierra a entregarse tendría, en lo posible, aguadas naturales, linderos fijos y una extensión de 10.800 cuadras, con lo que cuadriplicaba la extensión de la tierra entregada en los repartimientos fundacionales hispánicos.

En esa extensión podrían mantenerse en esa época alrededor de 3.700 vacunos que permitiría obtener unos 370 cueros por año. El ganado que se entregaría a los beneficiarios debería tomarse de los rodeos de animales orejanos o de las haciendas abandonadas de propiedad de los enemigos de la causa. Su captura y distribución estaba cuidadosamente establecida para evitar abusos o inútiles destrozos.

Todas estas prerrogativas y derechos estaban acompañadas de obligaciones paralelas: los beneficiarios sólo podrían recibir una suerte de estancia, no podrían enajenarlas o venderlas, y estaban obligados a poblarlas y trabajarlas.

Se exigía específicamente la obligación de construir un rancho y dos corrales, la omisión o demora hacían caducar los derechos del beneficiario y la tierra volvía al dominio fiscal para ser distribuida. El agraciado debía poblar tierra y hacerla producir.

El plan de distribución de tierras incluía en sí un programa de desarrollo de la producción.

Las disposiciones destinadas a consolidar el orden y garantir la seguridad de personas y bienes comprendían la creación de una fuerza represiva puesta a las órdenes del Alcalde Provincial y sus subalternos. Su misión era combatir vagabundos, delincuentes y desertores.

Mientras los vagos se destinaban al Cuartel General de Purificación para incorporarlos al servicio de las armas, los delincuentes y desertores serían procesados por el Gobierno de Montevideo.

 

Aplicación del Reglamento de 1815

 

El Reglamento Oriental para el Fomento de la Campaña y Seguridad de sus hacendados, era un complemento necesario a la actividad política y militar de la Revolución Oriental, pero su aplicación presentaba serias dificultades.

Por un lado, la falta de colaboración de las clases privilegiadas, por otro la indiferencia de una masa rural que, en su gran mayoría, no había sido preparada para el trabajo disciplinado y la producción.

En tercer lugar, los problemas materiales que planteaba la distribución de tierras en momento de incertidumbre política y exigencias militares.

A pesar de todas estas dificultades, la investigación contemporánea ha podido comprobar que, en los seis meses de aplicación del Reglamento, entre su creación y la invasión portuguesa de 1816, pudieron realizarse en distintas regiones de la provincia numerosas adjudicaciones de tierra entre familias humildes que manifestaron anhelos de trabajo.

Más tarde los intereses de una minoría de grandes propietarios que vieron en él una amenaza, lo relegaron al olvido.

El Reglamento de Tierras puede comprenderse mejor situándolo en el momento político y militar (y no solo socioeconómico) en que fue redactado.

 A Artigas le preocupaba recuperar la economía de la Provincia Oriental y asentar la población, pero también le resultaba vital mantener la adhesión a la revolución de los estancieros orientales y sus hijos.

Ellos eran la columna vertebral de las milicias con que contaba para su lucha con Buenos Aires, pero cada vez eran más los que abandonaban la causa.

Si los estancieros pedían orden en la campaña, satisfacerlos era una condición para seguir contando con su apoyo. Las medidas para la "seguridad de los hacendados" que aparecen en el reglamento adquieren sentido en ese contexto de guerra.

Impacto Histórico y Actual DEL REGLAMENTO PROVISORIO DE LA PROVINCIA ORIENTAL PARA EL FOMENTO DE LA CAMPAÑA Y SEGURIDAD DE SUS HACENDADOS

Monumento Histórico Nacional en la Meseta de Artigas


Justicia Social y Reforma Agraria: 

El reglamento buscaba promover la distribución de tierras y mejorar las condiciones de vida de los sectores más desfavorecidos, como los campesinos y las familias humildes. Este enfoque en la justicia social ha resonado a lo largo de la historia uruguaya, influyendo en movimientos sociales y políticas agrarias posteriores que buscan la equidad y el acceso a la tierra.

Federalismo y Autonomía: Artigas defendió un modelo federal que priorizaba la autonomía de las provincias frente al centralismo de Buenos Aires. Este principio ha sido fundamental en la construcción del Estado uruguayo y en el desarrollo de su identidad nacional. La lucha por la autonomía regional y el federalismo sigue siendo un tema relevante en la política uruguaya contemporánea.

Memoria Histórica: La figura de Artigas y su reglamento son símbolos de la resistencia y la búsqueda de derechos en la historia uruguaya. Sin embargo, el reglamento y la Revolución Oriental han sido en gran medida invisibilizados en la educación formal, lo que plantea un desafío en la construcción de una memoria histórica inclusiva que reconozca estos eventos y su relevancia.

Resistencia a la Concentración de Poder: El reglamento también refleja una resistencia histórica a la concentración de poder en manos de elites, un tema que sigue siendo pertinente en el análisis político actual.

 Las luchas por la redistribución de la tierra y el poder político en Uruguay continúan, y el legado de Artigas se invoca en contextos de reivindicación social.

Desarrollo Rural: Aunque la aplicación del reglamento fue breve y enfrentó resistencias, su intento de fomentar el desarrollo rural dejó una huella en la sociedad oriental. La búsqueda de políticas que apoyen a los pequeños productores y la agricultura familiar puede verse como una continuación de los principios artiguistas.

REFLEXIÓN FINAL

El legado del Reglamento Provisorio invita a reflexionar sobre la historia y sus repercusiones en la actualidad.

A pesar de los esfuerzos por reivindicar la figura de Artigas y su reglamento, la falta de atención en los programas educativos y en el discurso político contemporáneo sugiere que aún queda un largo camino por recorrer para integrar plenamente estos aspectos en la narrativa nacional.

La comprensión de estos eventos históricos puede ofrecer lecciones valiosas sobre la lucha por la justicia social, la autonomía y la construcción de un futuro más equitativo.

FUENTES

https://uruguayeduca.anep.edu.uy/efemerides

https://rea.ceibal.edu.uy/elp/1815-la-primera-reforma-agraria/el_reglamento.html

http://www.chasque.net/vecinet/regl1815.htm

https://www.educ.ar/recursos/128489/reglamento-provisorio-de-la-provincia-oriental

https://pmb.parlamento.gub.uy/pmb/opac_css/index.php?id=90134&lvl=notice_display

https://cerpdellitoral.cfe.edu.uy/index.php/academico/departamentos/historia/item/205-2do-de-historia-bruno-arizaga

https://es.wikipedia.org/wiki/Reglamento_Provisorio_de_la_Provincia_Oriental_para_el_Fomento_de_su_Campa%C3%B1a_y_Seguridad_de_sus_Hacendados

https://www.aacademica.org/facundo.alvarez/4

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