Blog de Arinda

OBJETIVO :En este Blog vas a encontrar mis producciones en pintura y escultura. Además, material recopilado a través de mi trabajo como maestra, directora e inspectora, que puede ser de interés para docentes y estudiantes magisteriales .

domingo, 23 de junio de 2024

23 DE JUNIO DE 1961 ENTRÓ EN VIGENCIA EL TRATADO ANTARTICO

 ANTÁRTIDA


El Tratado Antártico y otros acuerdos relacionados, colectivamente denominados como Sistema del Tratado Antártico, regula las relaciones internacionales con respecto a la Antártida. Para los propósitos del Sistema del Tratado Antártico, la Antártida es definida como todas las tierras y barreras de hielo ubicadas al sur del paralelo 60° Sur, sin afectar derechos sobre el alta mar allí existentes. El tratado fue firmado en Washington, capital de los Estados Unidos, el 1 de diciembre de 1959 y entró en vigor el 23 de junio de 1961 al depositarse el último de los instrumentos de ratificación de los 12 signatarios originales. El gobierno de los Estados Unidos es el depositario del tratado.

El tratado consta de un preámbulo y 14 artículos y fue redactado en español, francés, inglés y ruso y limita las actividades en la Antártida exclusivamente para fines pacíficos, en particular científicas, como una continuación del Año Geofísico Internacional. Establece asimismo el intercambio de información, personal científico, observaciones y resultados sobre las actividades realizadas por los signatarios en el continente.

Resumen del articulado

    * Artículo 1 – Uso exclusivo de la Antártida para fines pacíficos, prohibición de toda medida de carácter militar, excepto para colaborar con las investigaciones científicas. Se prohíben los ensayos de cualquier clase de armas.
    * Artículo 2 – Libertad de investigación científica en la Antártida y continuidad de la cooperación como en el Año Geofísico Internacional de 1957.
    * Artículo 3 – Compromiso de intercambio de información sobre los proyectos de programas científicos en la Antártida, personal científico y libre disponibilidad de las observaciones y resultados científicos.
    * Artículo 4 – Ninguna disposición del tratado se interpretará como renuncia o menoscabo o como perjudicial a los derechos de soberanía territorial o a las reclamaciones territoriales en la Antártida, previamente declaradas. Ninguna actividad que se realice mientras esté en vigencia el tratado servirá para hacer valer, crear, apoyar o negar un fundamento de reclamación de soberanía territorial. Se prohíbe la ampliación o creación de nuevas reclamaciones de soberanía territorial en la Antártida mientras dure el tratado.
    * Artículo 5 – Prohibición de toda explosión nuclear en la Antártida o eliminación de desechos radioactivos, excepto que sean establecidas en acuerdos internacionales en los que los miembros consultivos sean parte.
    * Artículo 6 – Ámbito de aplicación del tratado en la región situada al sur de los 60º de latitud sur, incluidas todas las barreras de hielo pero no el alta mar.
    * Artículo 7 – Derecho de los miembros consultivos a nombrar observadores con entera libertad de acceso, en cualquier momento, a todas las regiones de la Antártida. Obligación de abrir a los observadores todas las instalaciones, equipos, naves y aeronaves que se hallen en la Antártida. Obligación de informar previamente sobre toda expedición a la Antártida en la que un estado miembro participe, o las que pasen por los territorios de cada signatario, de todo personal o equipo militar que se introduzca en la Antártida e informar sobre las instalaciones que se ocupan.
    * Artículo 8 – Extraterritorialidad de los observadores, del personal científico intercambiado y de sus acompañantes, quienes en cuanto a sus acciones estarán sometidos sólo a la jurisdicción de la parte contratante de la cual sean nacionales. Se anima a encontrar soluciones dialogadas en cualquier controversia en esos asuntos.
    * Artículo 9 – Prescripción de reuniones regulares de los representantes de los miembros consultivos, siendo la primera en Canberra a los dos meses de la entrada en vigencia. Con el objeto de intercambiar informaciones, realizar consultas, formular, considerar y recomendar a los gobiernos medidas para promover los principios y objetivos del tratado y recibir los informes de los observadores. Los estados adheridos no participan de las reuniones hasta que adquieran estatus consultivo estableciendo una estación de investigación o envíen una expedición científica. Uninimidad de las decisiones en las reuniones para su puesta en vigencia.
    * Artículo 10 – Compromiso de los firmantes de hacer los esfuerzos apropiados, compatible con la carta de las Naciones Unidas, para que nadie lleve a cabo en la Antártida ninguna actividad contraria a los propósitos y principios del tratado.
    * Artículo 11 – Resolución de las controversias respecto a la interpretación o a la aplicación del tratado mediante consultas, negociación, investigación, mediación, conciliación, arbitraje, decisión judicial u otros medios pacíficos. Para lo que no se logre resolver, sometimiento a la Corte Internacional de Justicia, si las partes lo aceptan.
    * Artículo 12 – Modificación o enmienda del tratado por unanimidad de los miembros consultivos en cualquier momento, entrando en vigencia luego de la notificación de la última ratificación. Para los adherentes, entrará en vigencia al momento en que notifiquen su ratificación, considerándose que renunciaron al tratado si no lo hacen dentro de los dos años de la entrada en vigencia para los consultivos. Luego de 30 años de vigencia, el tratado puede ser revisado en conferencia de todos los firmantes si lo solicita uno de los miembros consultivos. Toda modificación que se apruebe en esa conferencia debe contar con una mayoría de votos, incluyendo una mayoría de votos de los miembros consultivos, entrando en vigencia de igual manera que en la forma regular. En este caso, luego de 2 años se podrá renunciar al tratado, pero a partir de 2 años de su comunicación.
    * Artículo 13 – El tratado debe ser ratificado de acuerdo a los procedimientos constitucionales de los estados signatarios. Podrá adherir cualquier miembro de las Naciones Unidas u otro invitado por todos los miembros consultivos. Los instrumentos de ratificación y de adhesión serán depositados ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, que informará a los demás sobre las fechas de depósito de cada ratificación, adhesión, entrada en vigencia, modificación o enmienda del tratado. El tratado entra en vigencia al ser depositados todos los instrumentos de ratificación de los signatarios, incluso para los que adhieran antes de ese momento. Luego, entrará en vigencia para cualquier adherente al depositar su instrumento de adhesión. El tratado será registrado por el gobierno depositario conforme al Artículo 103 de la Carta de las Naciones Unidas.
    * Artículo 14 – Los idiomas de confección del tratado son el inglés, francés, ruso y español. El gobierno de los Estados Unidos de América enviará copias debidamente certificadas a los signatarios y adherentes.

Excepto Nueva Zelanda, los demás firmantes originales hicieron declaraciones o reservas al tratado.


Los países signatarios originales y adherentes consultivos se conocen como miembros consultivos, tienen voz y voto en las reuniones consultivas del Tratado. Un país adherente tiene solo voz y puede llegar a ser consultivo si ha construido una base o realizado "investigaciones científicas importantes".
Los firmantes originales no pierden su carácter consultivo si no realizan investigaciones científicas
Fecha de adhesión de Uruguay 11 de enero de 1980    
El 7 de octubre de 1985, en la XIII Reunión Consultiva del Tratado Antártico, celebrada en Bélgica, la República Oriental del Uruguay adquirió el status de Miembro Consultivo del Tratado Antártico. 
Firma del Protocolo de Madrid 14 de enero de 1998 

El Protocolo de Madrid al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente entró en vigencia en 1998. La firma del protocolo consolidó considerablemente los objetivos ambientales del Tratado Antártico. Exige, entre otras cosas, que todas las actividades se planeen y realicen de modo que se limiten las repercusiones negativas en el medio antártico y en los ecosistemas dependientes y asociados. Asimismo, el Protocolo de Madrid define un marco para zonas protegidas que permite la protección particular de áreas únicas, importantes o especialmente vulnerables.
Actualmente, existen 70 estaciones de investigación en la Antártida; la mitad opera durante todo el año y casi la mitad está ubicada en la región de la Península (COMNAP 2000b). Unas pocas están instaladas en zonas cubiertas de hielo. La mitad de las estaciones operativas al presente se construyeron antes de 1970. Además de esa actividad científica, el turismo también está aumentando en la Antártida.

Fauna antártica
BASE CIENTÍFICA ANTÁRTICA ARTIGAS
Base Científica Antártica Artigas (BCAA) es la designación oficial de la base permanente que Uruguay tiene en la Antártida, fundada el 22 de diciembre de 1984 en la Isla Rey Jorge, Shetland del Sur. Comúnmente se la identifica como "Base Artigas"

La BCAA depende del Instituto Antártico Uruguayo y está ubicada en la Isla Rey Jorge, que forma parte del Archipiélago de las Shetland del Sur a unos 100 km de la Península Antártica y a 3012 km de la ciudad de Montevideo y a 3104 km del Polo Sur. Sus coordenadas exactas son 62º 11´04´´ de latitud Sur y 58º 54´09´´ de longitud Oeste. 


Detalle del mapa de la Isla de San Jorge donde se ubica la Base Artigas

Su primer jefe fue el Tte. Cnel. Omar Porciúncula. La base opera todo el año, con una dotación de 8 personas en invierno y puede alojar hasta 60 personas en verano. Desde 1985 mantiene operando ininterrumpidamente una estación meteorológica que forma parte de la red meteorológica mundial. Durante los meses de verano, equipos de investigadores participan de actividades científicas relacionadas con estudios de glaciología, paleontología, mareas oceánicas, la vida animal, la psicología del hombre antártico y otros proyectos.
El artículo 1º de la Ley N° 15.918  establece el  “Día de la Antártida” que se celebrará el 7 de octubre de cada año

Principales programas científicos apoyados por la estación.

Amanecer en la Antártida

Atardecer en Antártida
 Relevamiento ornitológico de aves marinas migratorias en Islas Shetland del Sur.
Proyectos geodésicos en la Antártida
Glaciología.
Observaciones meteorológicas y climatológicas antárticas.
Estudio de emisiones electromagnéticas en inmediaciones de la BCAA.
Estudio de las características psicológicas del Hombre, necesarias para su inserción en el medio ambiente antártico y su aplicación.
Programa de Monitoreo Ambiental de la BCAA.
Relevamiento de desechos marinos en unidades de muestreo en costas del estrecho Drake en el ámbito de CCAMLR.


 
Instalaciones científicas permanentes en la estación



Estación ozonométrica Isla Rey Jorge Nº 351 (WODC)

Estación ozonométrica Isla Rey Jorge

Ubicada en latitud 62º 18´ S, longitud 58º 85´ W, a una altura de 17,2 metros sobre el nivel del mar. El 5 de mayo de 1998 se colocó el espectrofotómetro Brewer MKII en la BCAA. Se reportan datos al Centro Mundial de Datos de Ozono (WODC) y en la Red de Ozono Cono Sur (SCOP). El instrumental óptico del Brewer MKII está diseñado para medir la radiación solar ultravioleta incidente a nivel de superficie en 5 longitudes de onda específicas en el espectro de la absorción del ozono. El espectrofotómetro permite tomar 4 tipos de mediciones: - ds (direct sun): realiza 5 observaciones con el instrumento orientado directamente hacia el sol. - Fz (focused sun): realiza observaciones del tipo ds pero para ángulos solares bajos (ángulos cenitales grandes). En ellos se computan las señales de radiación incidentes y a estas cantidades se le sustrae la radiación reflejada para lograr una mejor representación de la radiación directa entrante. - Zs (zenith sky: se realizan 7 observaciones, en las cuales el instrumento se orienta en dirección al sol pero el prisma cenital lo hace en la vertical. - Fm (focused moon): se efectúan observaciones con el instrumento orientado hacia la luna. Posteriormente, en el año 1999 se instalaron, un sensor de radiación UV-B (entre 290 y 325 nm), el software necesario para realizar mediciones UMKEHR (distribución de ozono con la altura) y un kit de autocalibración.

Iceberg coloreado

Estación mareográfica, ubicada en Lat. 62º 11´.2S y Long. 58º 54´.1 W 

La estación mareográfica está constituida por un mareógrafo AANDERAA WLR-7, y registra serie de altura de mareas, datos de conductividad y temperatura del agua. Los principales resultados mareográficos son:
Conocimiento del régimen mareal
Definición de los planos fundamentales de marea, en especial el nivel medio del mar (apoyo para la cartografía terrestre) y el plano de reducción de sondajes (apoyo para la cartografía náutica).
Análisis armónico de marea.
Predicción de alturas de marea.
Estación meteorológica automática DINAMET – Uruguay (WMO 89054)

Meteorólogo Daniel Bonora

 En abril del año 1995, la Dirección Nacional de Meteorología instaló una Estación Meteorológica Automática como complemento a la estación convencional. Es una parte de este sistema que se complementa con una Sala de Control en Montevideo. La tecnología utilizada en el sistema y en particular en la Estación de la Antártida, es de las más avanzadas y confiables que existen en el mercado internacional. El cometido principal es la adquisición continua de los siguientes datos: temperatura, humedad, velocidad y dirección del viento, radiación solar global, precipitaciones, presión atmosférica, radiación gamma, radiación ultravioleta banda B y la presentación de temperatura del punto de rocío, temperaturas extremas, intensidad máxima de las precipitaciones, racha máxima del viento, recorrido del viento, radiación solar y ultravioleta acumuladas. En el sistema instalado interviene un PC local que interroga a la Estación Automática y permite desplegar los datos instantáneos y trabajar con los archivos históricos.
Estas aplicaciones serán de mucha utilidad para la planificación a corto y largo plazo de las disímiles actividades que se desarrollan en la Base Artigas. También permitirá a Meteorología obtener datos más precisos y continuos.

Ubicada en latitud 62º 18´ S, longitud 58º 85´ W, a una altura de 20 metros sobre el nivel del mar. La Dirección Nacional de Meteorología en conjunto con el Instituto Antártico Uruguayo realiza tareas operativas y de investigación en la región antártica mediante la Estación Meteorológica Nº 89054 DINAMET-URUGUAY. Desde el año 1985 integra la red principal de Estaciones de la Antártida, y ha implementado diversos programas de estudio con la finalidad de ampliar el conocimiento sobre el comportamiento atmosférico, el clima en dicha región y el aprovechamiento que el hombre puede lograr de la utilización de los recursos naturales renovables como fuentes de energía.
Las observaciones se realizan a intervalos de 6 horas.

 
 Estación ionosférica
Vista general de la Estación Artigas
 

Ubicada en latitud 62º 18´ S, longitud 58º 85´ W, a una altura de 20 metros sobre el nivel del mar. (actualemnte está desactivada) La estación ionosférica cuenta con un riómetro, el cual mide la opacidad relativa de la ionósfera, es decir, la absorción ionosférica del radio ruido cósmico en la latitud antártica. El equipo se ajustó para recibir las señales en una frecuencia de 30 MHz, límite superior de la banda de comunicaciones de alta frecuencia (HF). El espectro de radio frecuencia que corresponde a la banda de HF, se utiliza para las comunicaciones a larga distancia, donde el canal de trasmisión es precisamente la ionósfera. En tal sentido, uno de los objetivos del estudio es medir y predecir las variaciones de la ionósfera para beneficio de los enlaces radioeléctricos a larga distancia.

Instalaciones de aterrizaje y desembarque


Zona de aterrizaje para helicópteros (helipuerto) balizada con luces de señalamiento y límite de seguridad pintado de color naranja. Baliza de señalización costera destellos blancos cada 5 segundos, en acantilado de Punta Suffield. Baliza de enfilación en marcación 325º 38´, para aproximación a la costa, en inmediaciones del módulo comedor de la base.

 
Medios de transporte para la nieve en la Antártida
ROU 26 Vanguardia Clase PIAST 570 Buque Antártico (es la union por agua de las bases uruguayas en la Antárdida con el continente)
 El 26 de octubre de 2006 se realizó la transferencia de un helicóptero Esquilo de la Marina de Brasil a la Armada del Uruguay.

La aeronave es un helicóptero Esquilo biturbina de origen francés, fabricada por la Eurocopter, que puede alcanzar la velocidad de 279 km/hora.
La misma usará las instalaciones de la BCAA para realizar mantenimientos de rutina, mientras el buque realiza las maniobras de descarga de combustible y materiales en la Base.

Fuentes
Wikipedia
www.antarkos.org.uy
www.grida.no
http://imageshack.us

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